El exedil de Medio Rural de Santiago acepta ante el juez seis meses de prisión por el 'caso Desproi'

Siendo Pichel concejal del gobierno local, inició en 2021 gestiones para buscar un lugar para ubicar las oficinas de su concejalía
José Manuel Pichel. | Europa Press
José Manuel Pichel. | Europa Press

El que fuera edil de Medio Rural del Ayuntamiento de Santiago de Compostela entre 2019 y 2023, José Manuel Pichel, ha comparecido este lunes ante la sección sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra para ratificar el acuerdo alcanzado entre Fiscalía y las partes en el 'caso Desproi'.

Con ello, ha admitido los hechos que se le imputan y ha aceptado seis meses de prisión por el alquiler de una nave destinada a albergar servicios de la concejalía que él dirigía a una empresa de la que formaba parte del accionariado.

Según se recoge en el escrito de conformidad ratificado este lunes, la entidad Desproi, en la que el imputado ejercía funciones de administración, era propietaria de un local en el polígono de Costa Vella, en la capital gallega.

Siendo Pichel concejal del gobierno local, inició en 2021 gestiones para buscar un lugar para ubicar las oficinas de su concejalía, puesto que hasta el momento se encontraban en la hoy desaparecida estación de autobuses. Así, los técnicos municipales realizaron diferentes informes y propusieron para este fin el espacio propiedad de Desproi en el polígono de Costa Vella.

A continuación, en la sesión de la junta de gobierno local del 14 de septiembre de 2021, el acusado votó a favor de la propuesta de alquilar esas instalaciones a la empresa Desproi para acoger los servicios de parques y jardines y medio rural de manera temporal mientras se ejecutaban las obras de las nuevas instalaciones, situadas en el recito ferial de Amio.

Cuándo dimitió de sus cargos en el gobierno municipal que lideraba el socialista Xosé Sánchez Bugallo, Pichel declaró haber cometido un "error considerable" al "no haber comunicado al alcalde ni al resto de la junta de gobierno" su participación en Desproi, aunque, según él, lo hizo "sin mala fe".

En todo caso, tal y como sostiene el escrito, estos hechos constituyen un delito de negociaciones prohibidas a los funcionarios, castigados en el artículo 439 del Código Penal.

Por ello, el procesado ha aceptado una pena de prisión de seis meses, una multa de 10 euros diarios durante 12 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de cuatro años. La pena ha sido suspendida con la condición de que no vuelva a cometer un delito similar por un periodo de dos años.

SIN RESPONSABILIDAD DE LA JUNTA DE GOBIERNO

En el marco de esta causa, la magistrada del Juzgado de Instrucción número 1 de Santiago de Compostela también tomó declaración al regidor de la ciudad durante el periodo de los hechos, Sánchez Bugallo, y a miembros de su junta de gobierno, pero acordó el pasado mes de septiembre el sobreseimiento respecto a ellos al no ver indicios de prevaricación ni de tráfico de influencias.

"Las irregularidades detectadas en el expediente administrativo carecen de la gravedad suficiente como para considerarlas constitutivas de un delito de prevaricación", apuntaba la magistrada, que subrayaba que "carece de cualquier justificación llamar a la causa en calidad de investigados" tanto a Bugallo como a su junta de gobierno.